registro retributivo salarial

2025 ya llegó y con el nuevo año la obligación de tu empresa de actualizar el registro retributivo para reflejar en él todos los detalles correspondientes a las retribuciones salariales del ejercicio fiscal de 2024.

Te recordamos que esta obligación afecta a todas las empresas que ejerzan su actividad en territorio nacional, con independencia de su tamaño y número de empleados. Tal es así que aunque tu empresa tenga un solo empleado en plantilla, estás legalmente obligado a confeccionar este registro. Es además una obligación en cuya observancia más está incidiendo últimamente la Inspección de Trabajo.

¿En qué consiste el registro salarial obligatorio?

Se trata de un documento que debe reflejar toda la información salarial relativa a tu empresa, presentando para ello de forma detallada y desglosada las retribuciones salariales de las mujeres y hombres que compongan tu plantilla. Este registro fue establecido como tal por el Real Decreto Ley 6/2019, que modificó a tal efecto el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores.

Este registro constituye una medida de transparencia económica cuya finalidad última es garantizar el principio de igualdad retributiva exigida por el Real Decreto 902/2020. Para ello se exige que consten al detalle los emolumentos recibidos por todos y cada uno de los miembros de la plantilla, incluidos altos cargos y personal directivo. Es un registro que debe además renovarse cada año, a fin de incluir en el mismo la totalidad de las remuneraciones percibidas por la plantilla desde el 1 de enero al 31 de diciembre del año anterior. No obstante, si se producen modificaciones sustanciales en las retribuciones a lo largo del año, el registro deberá actualizarse aún cuando no haya transcurrido el año natural.

Importante matización del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo, en su sentencia 1302/2024, de 28 de noviembre de 2024, ha matizado que la obligación legal de las empresas de llevar un registro de salarios no exige revelar la retribución individual de cada trabajador de la plantilla. La motivación de dicha sentencia radica en que tal revelación podría vulnerar la privacidad de los trabajadores, sin que resulte necesaria para garantizar la igualdad salarial entre mujeres y hombres.

Esta matización del Tribunal Supremo implica que, por más que puedan utilizarse los datos individuales para el cálculo de los valores salariales medios, tales datos no deben en ningún caso ser públicamente expuestos a terceros.

¿Qué datos deben incluirse en este registro?

El registro salarial debe incluir la siguiente información, detallada por sexo y desglosada en función de la naturaleza de la retribución y de la categoría profesional, grupo y puesto de trabajo:

Se ha de indicar también la brecha de género existente con referencia a cada uno de estos conceptos. Toda esta información ha de presentarse además estableciendo tanto la media aritmética como la mediana de lo percibido realmente por cada categoría, grupo profesional y puesto de trabajo.

Otros aspectos relacionados con el registro de salarios

Además de la información antes reseñada, este registro obligatorio debe ajustarse a los siguientes requisitos:

¿Cómo elaborar el modelo de registro para tu empresa?

Para la confección del registro salarial, el Ministerio de Igualdad ha diseñado una guía y una herramienta en formato Excel donde se detallan los diferentes conceptos que deben ser incluidos. Se trata, no obstante, de un formato voluntario, no obligatorio, al menos por el momento.

En todo caso, si precisas ayuda para elaborar el registro retributivo de tu empresa, no dudes en contactar con nosotros. En Igualándote estamos encantados de poner a tu disposición nuestro experto equipo de profesionales para la confección de este documento obligatorio conforme a todas y cada una de las exigencias de la normativa legal vigente.

Fuentes utilizadas en la elaboración de este artículo:

https://www.mites.gob.es/ficheros/ministerio/herramienta_registro_retributivo/FAQs_registro_retributivo.pdf

https://www.igualdadenlaempresa.es/asesoramiento/herramientas-igualdad/docs/Guia_Uso_Herramienta_Registro_Retributivo.pdf