LGTBIQ+

La Ley 4/2023, de 28 de febrero, establece en su artículo 15.1 que todas las empresas con más de 50 personas en plantilla están obligadas a poner en práctica un conjunto planificado de medidas tendentes a lograr la plena igualdad de las personas LGTBIQ+ con relación al resto de la plantilla. Este plan LGTBI deberá incluir necesariamente un protocolo de actuación a aplicar en los casos de discriminación, violencia o acoso contra las personas que integran dicho colectivo.

Definir claramente qué tipo de comportamientos son los que han de considerarse discriminatorios y/o violentos constituiría el primer paso para la elaboración de este tipo de planes. El objetivo último vendría a ser el establecimiento de medidas tanto preventivas como sancionadoras frente a dichos comportamientos indeseables, todo ello a fin de garantizar la integridad, dignidad e igualdad de trato y de oportunidades en todos los niveles de la empresa.

¿Cuáles son los principales aspectos en los que debe incidir el protocolo LGTBIQ+

El contenido mínimo del plan LGTBI de una organización debe a abarcar, entre otros, los siguientes aspectos:

¿Qué conductas o comportamientos se considerarían discriminatorios a efectos del protocolo LGTBIQ+

En el ámbito del protocolo LGTBIQ+ ha de entenderse como discriminatorio cualquier clase de comportamiento, físico o verbal, que constituya un atentado contra la dignidad de una persona en función de su expresión de género o de su orientación o identidad sexual, especialmente cuando con dicho comportamiento se crea un entorno hostil, intimidatorio, humillante, degradante u ofensivo.

En este sentido, se pueden diferenciar diversas situaciones discriminatorias:

Comportamientos discriminatorios en función del sujeto activo

Atendiendo a la relación laboral existente entre acosadores y víctimas, podemos distinguir tres clases de acoso:

Como acabamos de ver, son varios y de diferente índole los comportamientos de acoso que se consideran discriminatorios en el contexto de los planesLGTBIQ+. 

Impedir y perseguir tales comportamientos ha de ser objetivo prioritario de todas las empresas.La concienciación y la colaboración entre sus distintos estamentos resultan esenciales. 

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